Se pagará hasta el límite de suma asegurada contratada para esta cobertura de equipo de contratista por:
Incendio y/o rayo.
Explosión (excepto pérdidas o daños que por su propia explosión sufran calderas, aparatos y recipientes que estén normalmente sujetos a presión).
Ciclón, tornado, vendaval, huracán y granizo.
Inundación.
Temblor, terremoto, erupción volcánica.
Derrumbe, deslave, hundimiento, deslizamiento del terreno y alud.
Hundimiento o rotura de alcantarillas, puentes para vehículos, muelles o plataformas de carga.
Colisión con objetos en movimiento o estacionados, volcadura, caída y enpantanamiento.
Incendio, rayo y explosión, colisión, descarrilamiento o volcadura del medio de transporte terrestre en que los bienes asegurados fueren transportados, incluyendo caída de aviones, hundimiento o rotura de puentes, así como las maniobras de carga y descarga.
Incendio, rayo y explosión, varada, hundimiento o colisión de la embarcación de trasbordo fluvial de servicio regular en que los bienes asegurados fueren transportados, incluyendo las caídas y colisiones durante las maniobras de carga y descarga, comprendiendo la contribución por avería gruesa o por cargos de salvamento, que será pagada según las disposiciones del Código de Comercio y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo.
Robo total de cada unidad, así como las pérdidas o daños materiales que sufran a consecuencia de dicho robo.
Esta descripción de productos y coberturas es un resumen, por lo que, en cualquier caso, aplicarán las condiciones generales del producto que corresponda.
Requisitos para cotizar:
Suma asegurada a solicitud del asegurado.
